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Corte Federal de Apelaciones resucita importante demanda contra Chiquita por financiar organización terrorista colombiana

Law & Crime

7 sept 2022

La demanda civil ha estado en curso desde el 2008, justo después de que Chiquita se declarara culpable y aceptara pagar una multa de US$25 millones por haber hecho pagos a la AUC

Una corte federal de apelaciones resucitó una importante demanda el martes contra la compañía bananera Chiquita Brands International por supuestamente apoyar a un grupo terrorista colombiano que secuestró, torturó y asesinó a los familiares de los demandantes durante una guerra civil. Un panel de la Corte de Apelaciones del 11° Circuito de los Estados Unidos encontró que la corte de primera instancia “tuvo algunas aciertos y otras errores” en sus llamados probatorios, y que los demandantes habían presentado suficiente evidencia para que el caso sobreviviera a la siguiente fase de litigio.


La demanda ha estado en curso desde el 2008, cuando un gran grupo de querellantes presentó demandas contra Chiquita, con sede en Nueva Jersey, en virtud de la Ley de Protección de Víctimas de Tortura. Sus demandas civiles se produjeron justo después de que Chiquita se declarara culpable y aceptara pagar una multa de 25 millones de dólares por haber realizado pagos durante años a la violenta organización terrorista de derecha conocida como Autodefensas Unidas de Colombia (AUC). Las reclamaciones de 14 demandantes se eligieron como "casos pioneros", una técnica común utilizada en agravios masivos para ayudar a grupos de litigantes a predecir los resultados de los casos.


El tribunal de distrito desestimó los reclamos de los primeros demandantes en la fase de juicio sumario sobre la base de que los demandantes no habían presentado suficientes pruebas admisibles para demostrar que las AUC estaban involucradas en la muerte de sus familiares. Gran parte de la evidencia que los demandantes esperaban presentar fue declarada inadmisible de oídas, y la evidencia que era admisible fue considerada “circunstancial” y “demasiado especulativa” por el tribunal de primera instancia.


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